En los últimos años, el fenómeno de los alquileres turísticos ha generado un intenso debate en el ámbito jurídico y social en España, estos días se ha  El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo se ha pronunciado en dos recientes sentencias (1.232/2024 y 1.233/2024, de 3 de octubre), abordando la validez de la mayoría de 3/5 requerida para prohibir este tipo de alquileres.

Esta sentencia del Tribunal Supremo se pronuncian sobre la necesidad de contar con una mayoría específica de 3/5 en las juntas de propietarios para aprobar la prohibición de los alquileres turísticos en un edificio. Esta decisión se fundamenta en la protección de los derechos de los propietarios y en la búsqueda de un equilibrio entre el uso privado de la propiedad y las normas que regulan la convivencia en comunidades de vecinos.

La sentencia establece que, para implementar restricciones a los alquileres turísticos en un edificio, es necesario que al menos el 60% de los propietarios estén de acuerdo. Esto supone una salvaguarda para aquellos que desean continuar utilizando sus propiedades con fines turísticos, evitando decisiones que pueden perjudicar el valor de sus inversiones y la libertad de uso de sus inmuebles.

El Tribunal Supremo sostiene que cualquier norma que limite derechos previamente adquiridos no puede aplicarse retroactivamente sin que exista una compensación adecuada. Esto significa que las prohibiciones no pueden afectar a contratos de alquiler turístico ya establecidos antes de la modificación normativa.

La exigencia de una mayoría de 3/5 fortalece la protección de los derechos de los propietarios, mientras que la declaración de la irretroactividad de la norma garantiza la seguridad jurídica de los contratos previos. Esta sentencia no solo refleja un enfoque equilibrado entre los in

tereses de propietarios y la comunidad, sino que también señala la necesidad de un debate más amplio sobre la regulación de los alquileres turísticos en un contexto urbano cada vez más complejo.

Esta decisión contribuirá a un marco normativo más claro y seguro, promoviendo una convivencia armónica en las comunidades y protegiendo las inversiones de los propietarios en el sector inmobiliario.

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